El Ministerio de Hacienda maneja una fecha clave: el 27 de diciembre, cuando el Congreso en su última sesión del año (en extraordinarias), tendría ya aprobadas las reformas previsional y tributaria

Por Norberto Romano

El Ministerio de Hacienda maneja una fecha clave: el 27 de diciembre, cuando el Congreso en su última sesión del año (en extraordinarias), tendría ya aprobadas las reformas previsional y tributaria.

Mientras tanto, los técnicos del Ejecutivo, aseguran que en la primera quincena de enero las reglamentaciones múltiples que necesitan las reformas estarán publicadas en el Boletín Oficial, asegura ámbito Financiero.

La aprobación de las dos reformas era imprescindible al menos en dos capítulos centrales: los cambios en Ganancias de la reforma impositiva y la aplicación de la nueva fórmula de pago a los jubilados en la previsional.

En el primer caso, al tratarse de un tributo anual, antes de que termine enero deberían estar reglamentados los cambios, incluyendo las resoluciones generales de la AFIP


En el caso de los pasibos
, la aprobación en el Congreso antes que termine este año y la reglamentación posterior durante la primer quincena de 2018 resultaba clave por una cuestión simple: la eliminación de la fórmula de la "movilidad" por la del 70-30 (inflación + suba de salarios en blanco), aprobada ya por el Senado y que sería tratada el 27 en Diputados.

El Gobierno debía tener las herramientas legislativas aprobadas al 1 de enero, para poder aplicar este cambio desde el primer día de 2018, y evitar la "movilidad".

Lo que no evitaría Hacienda es tener que aplicar esa fórmula el último trimestre de 2017 con lo que la mejora de los jubilados de marzo incluiría un aumento trimestral con la vieja fórmula y uno con la nueva.

A partir de marzo (en los pagos de junio, septiembre y diciembre), ya se aplicaría el 70-30. El Gobierno salvaría así los cuestionamientos sobre constitucionalidad, ante la pérdida de los derechos de los jubilados por la vigencia en el último trimestre del año.

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